Declaraciуn de Chuao y Areas Aledaсas

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    Concejo Municipal de baruta y otras instancias
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DECLARACIУN DE CHUAO Y БREAS ALEDAСAS


Nosotros, los abajo firmantes, mayores de edad, residentes y propietarios de los inmuebles ubicados en Chuao y Бreas Aledaсas, reunidos en Asamblea de Ciudadanos, de conformidad con el artнculo 265 de la Ley Orgбnica del Poder Pъblico Municipal:

Considerando

Que la soberanнa reside instransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente. Artнculo 5є de la Constituciуn

Considerando

Que se han violado los derechos de participaciуn ciudadana establecidos en los artнculos 62 y 128 de la Constituciуn, ya que no ha habido un verdadero proceso de consulta y participaciуn para la elaboraciуn de este Plan Especial.

Considerando

Que se omitiу la consulta previa a la ciudadanнa, tal como lo establece el Artнculo Nє 269 de la Ley Orgбnica del Poder Pъblico Municipal.

Considerando

Que el Alcalde Henrique Capriles Radonski presentу al Concejo Municipal de Baruta, el proyecto ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL PARA CHUAO Y БREAS ALEDAСAS , para su discusiуn, consulta y aprobaciуn.

Considerando

Que el Concejo Municipal de Baruta abriу un periodo de consulta pъblica desde el dнa 9 de Enero hasta el 9 de Marzo de 2006, el cual se iniciу efectivamente el 11 de enero.

Considerando

Que el proyecto llamado ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL PARA CHUAO Y БREAS ALEDAСAS no cumple con lo establecido en el artнculo 49 de la Ley Orgбnica de Ordenaciуn Urbanнstica, por cuanto en el Municipio Baruta no se ha aprobado un Plan de Desarrollo Urbano Local.

Considerando

Que el proyecto no presentу las directrices de los organismos pъblicos prestadores de servicios, conforme a lo establecido en el artнculo 29 de la Ley Orgбnica para la Ordenaciуn del Territorio.

Considerando

Que no existen los recursos en el Municipio para adecuar los servicios pъblicos para el aumento de poblaciуn residente propuesta, que es mas del 784 \% en promedio (plano A-66), requeridos de acuerdo al artнculo 46 y siguientes de la Ley Orgбnica de Ordenaciуn Urbanнstica vigente.

Considerando

Que la ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL PARA CHUAO Y БREAS ALEDAСAS , afecta de pleno derecho parcelas para permitir la creaciуn de espacios pъblicos, quedando severamente afectado el derecho a edificar, ya que los propietarios, para hacerlo, tienen que integrarse o asociarse, quedando la gestiуn de los proyectos a cargo del Instituto Autуnomo de Desarrollo de Chuao.

Considerando

Que la ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL PARA CHUAO Y БREAS ALEDAСAS , afecta de pleno derecho la mayorнa de las parcelas, para permitir la ampliaciуn de espacios pъblicos que no pueden definirse como de utilidad pъblica y social, quedando dichas parcelas severamente perjudicadas.

Considerando

Que de aprobarse la ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL PARA CHUAO Y БREAS ALEDAСAS , todas las parcelas ubicadas dentro de los lнmites indicados en los planos sufrirбn cambio de uso o de intensidad de aprovechamiento de terrenos, por lo que serбn objeto del pago obligatorio por plusvalнa, de acuerdo al artнculo 6 de la Ordenanza General de Contribuciones Especiales por Plusvalнa, en Virtud de los Cambios de Uso o de Intensidad de Aprovechamiento de Terrenos aprobada por el Concejo Municipal de Baruta el 13 de Agosto de 1.999.
Considerando

Que el presupuesto municipal no ha previsto recursos para expropiaciones ni indemnizaciones para los propietarios de los inmuebles afectados.
Considerando

Que el Alcalde de Baruta ha declarado pъblicamente que el Municipio no cuenta con los recursos para indemnizar a los afectados, lo que va en contra de la Ley de Expropiaciones.

Considerando

Que la Comisiуn de Urbanismo del Concejo Municipal de Baruta, presidida por el Concejal Gustavo Villasmil ha realizado hasta ahora 9 audiencias pъblicas desde el 11 de Enero del 2.006 y no ha expresado o remitido ninguna opiniуn o respuesta escrita, de forma oportuna y adecuada a las demandas hechas verbalmente y por escrito por parte de los propietarios de los inmuebles ubicados dentro de los lнmites indicados en los planos anexos a la Ordenanza, lo cual viola lo establecido en el Art. 254 y 267 de la Ley del Poder Publico Municipal.

Considerando

Que se ha incluido dentro del proyecto de ordenanza, la figura del Instituto Autуnomo de Desarrollo de Chuao, dбndole una serie de atribuciones y competencias sin haber sido constituido conforme a lo establecido en el Artнculo 72 de la ley Orgбnica del Poder Pъblico Municipal.



Resuelve

A- Rechazar rotundamente el proyecto ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL PARA CHUAO Y БREAS ALEDAСAS porque:

1- El mismo no beneficia a la mayorнa de los residentes y propietarios de las parcelas ubicadas dentro de los lнmites indicados en los planos anexos al proyecto de Ordenanza.

2- Perjudica gravemente a la mayorнa de los residentes y propietarios de las parcelas ubicadas dentro de los lнmites indicados en los planos anexos al proyecto de Ordenanza, al cambiar el uso a todas las parcelas, de estrictamente Residencial a Uso Mixto de Comercio, Residencial y Oficinas, propiciando inseguridad, daсos a los equipos instalados, deficiencia en los servicios, aumento de gastos de mantenimiento.

3- Perjudica gravemente a los propietarios de las parcelas que serбn confiscadas para uso de espacio pъblico.

4- Perjudica gravemente a los propietarios de la inmensa mayorнa de las parcelas a las que se confiscarб parte de sus Retiros de Frente.

5- Obliga a un pago de Plusvalнa aъn cuando los cambios de uso o de intensidad de aprovechamiento de terrenos no se haga efectiva.


B- Exigir al Concejo Municipal de Baruta que no aprueben la ORDENANZA SOBRE EL PLAN ESPECIAL PARA CHUAO Y БREAS ALEDAСAS ya que el mismo no beneficia en nada a la gran mayorнa de los residentes y propietarios de las parcelas ubicadas dentro de los lнmites indicados en los planos anexos al proyecto de Ordenanza.

C- Solicitar al Concejo Municipal de Baruta que exija a la Alcaldнa la elaboraciуn de un nuevo plan sustentado en un mapa de necesidades de toda la Parroquia El Cafetal y contando con la participaciуn efectiva y protagуnica de la comunidad, de acuerdo a lo establecido en la Constituciуn y las leyes.

El Cafetal, 07 de marzo de 2006.
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